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COMUNICADO ESPECIAL SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO DE LA VIII CUMBRE DEL ALBA – TCP CON MIRAS
A LA XV CONFERENCIA DE LAS PARTES EN COPENHAGUE

1)            Los Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de la Alianza Bolivariana para los pueblos de nuestra América-Tratado de Comercio de los Pueblos, reunidos en su VIII Cumbre, celebrada en La Habana, Cuba, del 13 al 14 de diciembre de 2009, convinieron reafirmar la Declaración Especial  sobre  Cambio  Climático  adoptada  en  la  VII  Cumbre del ALBA-TCP, efectuada en Cochabamba, Bolivia, el 17 de octubre de 2009.

2)            Observaron con profunda preocupación que el estado de las negociaciones previas a la XV Conferencia de las Partes demuestra que los países desarrollados, principales responsables del cambio climático y de sus impactos adversos, no tienen la intención de alcanzar resultados justos y balanceados en Copenhague, tras casi tres años de negociaciones para la adopción del segundo periodo de compromisos de reducción de gases de  efecto invernadero de los países desarrollados, bajo el marco del Protocolo de Kyoto, y tras dos años de negociación en el grupo de trabajo sobre cooperación a largo alcance para un acuerdo de la conferencia de las  partes que permita una aplicación plena, efectiva y sostenible de la Convención, en total conformidad con sus principios y compromisos.

3)            Deploraron que los países desarrollados hayan encaminado sus esfuerzos a  alterar y quebrantar los principios y compromisos del régimen legal vigente, con el objetivo de perpetuar sus patrones de producción y consumo insostenibles, y la dependencia y marginación de los países en desarrollo, al  intentar desplazar la carga que representan la mitigación y la adaptación a dichos países.

4)            Reafirmaron, en ese contexto, que la intención por parte de los países desarrollados de imponer un acuerdo político que condene al 80 por ciento de la población mundial a vivir en el subdesarrollo y la pobreza, resulta inaceptable, no pueden ser una opción política y ha constituido un serio obstáculo para alcanzar un resultado justo y equitativo en Copenhague.


5)            Ratificaron que la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto representan el régimen jurídico vinculante vigente que norma la respuesta y la cooperación internacional para el enfrentamiento al calentamiento global, como resultado del consenso alcanzado por la comunidad internacional para encarar lo que representa uno de los problemas más graves que amenazan a la humanidad y a la propia vida y existencia de algunas naciones en vías de desarrollo.
 
6)            Rechazaron categóricamente los intentos de hacer fenecer esto instrumentos, anularlos o sustituirlos por nuevos acuerdos que erosionen o alteren las obligaciones jurídicamente vinculantes que en ellos contrajeron.

7)            Constataron, un vez más, que la crisis ambiental resultante del incremento de las temperaturas en la atmósfera es consecuencia del sistema capitalista, del prolongado e insostenible patrón de producción y de consumo de los países desarrollados, de la aplicación e imposición al resto del mundo de un modelo de desarrollo absolutamente depredador, y de la  falta de voluntad política para el cumplimiento pleno y efectivo de los  compromisos y obligaciones previstas en la Convención y el Protocolo de Kyoto.

8)            Subrayaron que los países desarrollados, que comprenden solamente el  20% de la población mundial, contrajeron una deuda climática con los  países en desarrollo, las futuras generaciones y la Madre Tierra, al sobre consumir el espacio atmosférico y al haber generado aproximadamente tres cuartas partes de las emisiones históricas mundiales.

9)            Reconocieron que para lograr el objetivo de estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero (GEI) en la atmósfera a un nivel que prevenga  una interferencia peligrosa en el sistema climático, los países Anexo 1 deben volver a las concentraciones de gases de efecto invernadero muy por debajo de 300 ppm de GEI, con el propósito de retornar a temperaturas lo más cercanas posibles a los niveles preindustriales.

10)        Destacaron que esta deuda climática en el marco más amplio de la deuda ecológica comprende tanto una deuda de  emisiones como una deuda de adaptación, que debe ser honrada por los países desarrollados a través de:

a)                Compromisos vinculantes de reducciones domésticas sustanciales y reabsorción de emisiones de gases de efecto invernadero de  tal forma que se garantice el derecho al desarrollo de los países en vías de desarrollo.

b)                Cumplimiento de sus compromisos de transferencia efectiva de tecnología, asegurando que sea accesible, asequible, adaptable y eliminando todas las barreras relacionadas con los derechos de propiedad intelectual, para que los países del Sur puedan emprender un proceso de desarrollo que no siga los patrones de consumo y contaminación del Norte.

c)                 Cumplimiento y garantías en la provisión efectiva de recursos financieros públicos adicionales, adecuados, previsibles y sostenibles, enfatizando que los requerimientos para la adaptación de los países en desarrollo se han incrementado como consecuencia de la crisis climática.  Para evitar una catástrofe climática mayor, los países desarrollados deben proveer del 6% por ciento de su GDP a favor de los países en desarrollo haciendo una contribución medible (notificable y verificable) hacia el pago total de su deuda climática.

11)        Resaltaron que para lograr la aplicación efectiva de la Convención Marco  de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y del Protocolo de Kyoto se deben los órganos competentes para la adaptación, transferencia de tecnología y desarrollo de capacidades, así como mecanismos financieros mejorados.

12)        Rechazaron categóricamente los intentos de traspasar responsabilidades de mitigación a los países en desarrollo, así como el establecimiento de condicionalidades para la transferencia de recursos financieros y tecnológicos para combatir el cambio climático, y exigieron que se respete el derecho al desarrollo sostenible de estos países, en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, y con el espacio atmosférico requerido. 

13)        Destacaron que los países desarrollados intentan desconocer esta deuda climática, que es la expresión concreta de su responsabilidad histórica en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y del Protocolo de Kyoto y que, por ello, están promoviendo un nuevo acuerdo donde su culpabilidad no quede en evidencia.  

14)        Enfatizaron la necesidad de cambiar los patrones de consumo y estilos de vida en los países desarrollados y de reformar el sistema económico, comercial y financiero internacional.

15)        Rechazaron las soluciones de mercado y la venta de bonos de carbono para resolver los problemas del cambio climático, porque ellas se inscriben en la misma lógica que provocó el estallido de la más grave crisis económica y financiera global después de la Gran Depresión, que generó millones de desempleados y agravó la pobreza y la crisis alimentaria de los países en desarrollo. Asimismo, destacaron que los mercados de carbono permiten a aquellos que causaron el cambio climático seguir contaminando, mientras que la carga de la reducción de las emisiones se traspasa a los países en desarrollo.

16)        Manifestaron que la necesidad de proveer a los países en desarrollo con recursos financieros adecuados para atender la totalidad de los gastos adicionales generados por los impactos del cambio climático, no es un asunto de mercado, sino una obligación legal y moral, derivada de los compromisos asumidos por los países desarrollados bajo la Convención.

17)        Alertaron que los intentos de los países desarrollados de impulsar la adopción de un acuerdo que viola los principios de responsabilidad histórica, de equidad y responsabilidades comunes pero diferenciadas, atenta contra el derecho al desarrollo de los países en vías de desarrollo y representa una grave afectación de los derechos de la Madre Tierra.

18)        Ratificaron su voluntad de trabajar desde posiciones cohesionadas para participar y contribuir de manera constructiva a las deliberaciones de Copenhague y cualquier proceso ulterior, con el fin de llegar a un resultado justo, balanceado y equitativo que permita alcanzar el objetivo primero de la Convención en plena concordancia con sus principios y compromisos. 

19)        Demandaron enfáticamente a los países desarrollados para que, de manera efectiva y convincente, demuestren su voluntad política de cumplir plenamente sus obligaciones actuales y futuras, mediante compromisos serios, ambiciosos y comparables bajo la Convención Marco de  las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y del Protocolo de Kyoto.

20)        Reconocieron que las medidas voluntarias orientadas a la mitigación, alternativas a las tradicionales de mercado, adoptadas por algunos de los países miembros de la ALBA, deben ser reconocidas, compensadas financieramente y  promovidas a nivel mundial. Particularmente, reconocieron y apoyaron la iniciativa del Ecuador denominada Yasuní-ITT, como innovadora y vanguardista en el  enfrentamiento del problema del cambio climático.

21)        Reafirmaron que la posición de los países de la ALBA sobre cambio climático, refleja una concepción del desarrollo no basada en la mercantilización de la naturaleza, sino guiada por el paradigma del Buen Vivir, que supone relaciones de armonía y respeto con la naturaleza y con los demás. 


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